jueves, 19 de diciembre de 2013

Vicepresidente asegura que no cobrará indemnización por sus años en reclusión

Una denuncia por presunta tortura ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA) por los detenidos del caso Ejército Guerrillero Túpac Katari (EGTK), entre ellos el actual vicepresidente Alvaro García, aún se encuentra en proceso de conciliación tras 12 años de haber sido interpuesta.

En caso de ser favorable, los denunciantes podrían recibir un resarcimiento económico del Estado boliviano. Sin embargo, García ratificó ayer, que ha renunciado a cualquier indemnización, porque “su lucha no tiene precio”.

“Iniciamos desde la cárcel una denuncia por torturas, esto viene ventilándose ya 15 (12) años desde la denuncia y todavía no hay ninguna respuesta, no hay ninguna solución”, dijo. Señaló además que en 2008 renunció personal y públicamente a cualquier indemnización que pueda lograrse cuando concluya el proceso de conciliación que se lleva mediante la Cancillería del Estado, según dijo la autoridad.

“Para mí, mi lucha y mi sufrimiento no lo negocio por un precio, no es un tema de dinero, mi lucha no cuesta mil dólares ni cien mil dólares. Puedo denunciar moralmente, políticamente, éticamente, pero nada tiene que ver mi denuncia con el resarcimiento económico”, agregó.

García fue detenido poco después de su hermano Raúl y su expareja Raquel Gutiérrez, el 10 de abril de 1992 durante el gobierno de Jaime Paz Zamora, pero recién rindió su declaración ante el juzgado de sentencia el 1 de agosto de 1996, denotando la retardación de justicia que fue causa para su liberación un año más tarde, tras permanecer cinco años y dos meses en Chonchocoro.

Los operativos de detención fueron ejecutados por el fiscal José Nemtala. Sobre el actual Vicepresidente, en su declaración informativa el entonces coronel Germán Linares decía: “Él, todo confiado, otro error de sus famosas instrucciones de seguridad, se viene en la vagoneta que tenían y se viene por carretera y admirablemente, como a un niño, lo detuvimos juntamente con sus cómplices en El Alto de La Paz, en la tranca”.

CASO CIDH

En marzo de 2001 la defensa de Raúl García Linera, Silvya de Alarcón Chumacero, Raquel Gutiérrez Aguilar, Álvaro García Linera, Víctor Ortiz Quispe, Silverio Maidana Macías, Macario Tola Cárdenas, Santiago Yanique Apaza, Juan Carlos Pinto Quintanilla, Felipe Quispe Huanca, Alejandro Choque y Mario Apaza Bautista, presentó una denuncia ante la CIDH por torturas y vulneración de derechos civiles sufridas a partir de su detención.

La CIDH admitió la causa basada en el artículo 46 de excepcionalidad de la Convención Americana, pues si bien no se agotaron en Bolivia los recursos y procedimientos internos como corresponde, se interpreta que en el país no existían normas que se adecúen a los derechos de defensa y debido proceso de los implicados en la presunta célula terrorista. La última acción del Estado boliviano para evitar el ingreso de la denuncia ante la CIDH fue interpuesta en febrero de 2005.

Por otra parte, fue determinante para su liberación el informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados en la gestión 1995 que evidenció que la Policía actuó con violencia contra los 12 detenidos, acusados de 14 delitos como terrorismo, alzamiento armado, perturbaciones públicas o destrozo de bienes del Estado .

“En formal global esta Comisión está en condiciones de sostener la presunción general de que en la mayoría de los casos, los hechos de tortura denunciados sí se produjeron, en condiciones y circunstancias en que la responsabilidad corresponde exclusivamente a los distintos organismos de seguridad del Estado, aunque la responsabilidad individual de ninguna manera puede agotarse en los funcionarios que han sido identificados en el presente informe y cuyo detalle es parte de las conclusiones específicas”, cita el informe legislativo firmado por el entonces diputado Juan del Granado.

El informe 54/05 de admisión a la denuncia en la CIDH, sin embargo, especifica que no significa evidenciar o fallar a favor de los peticionarios. “La Comisión desea aclarar, como lo ha hecho en ocasiones anteriores, que la aplicación de las excepciones contempladas por el artículo 46 de la Convención para determinar la admisibilidad de una petición no implica prejuzgar sobre los méritos de la denuncia”.

Tras su liberación Alvaro García se dedicó a la docencia universitaria, para luego llegar al poder en 2006; Felipe Quispe fue dirigente sindical, luego diputado y candidato a la Presidencia; Raquel Gutiérrez, de nacionalidad mexicana, también retomó la academia y Juan Carlos Pinto es director en el ente lectoral, Macario Tola es un reconocido exdirigente minero.

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